• Garantizar la prestación del servicio de dietas nutricionales a los pacientes que lo requieran de la Subred bajo los criterios de oportunidad eficacia y eficiencia.
• El proponente deberá presentar dentro de la propuesta la siguiente información del personal ofertado.
• Cumplir estrictamente con el Ciclo de minutas y derivados adultos y pediátricos de acuerdo con la oferta presentada.
• EL CONTRATISTA entregara a entera satisfacción del CONTRATANTE, las dietas objeto del contrato, en las cantidades, especificaciones técnicas y lugar indicado por el supervisor del Contrato en los términos y horarios estipulados para tal fin de domingo a domingo.
• El CONTRATISTA informara al supervisor del contrato con anticipación la rotación de personal que se llegase a presentar y de igual manera estos deben cumplir con la documentación y certificaciones requeridas para el cumplimiento de sus funciones.
• El CONTRATISTA suministrara diariamente y de acuerdo con los requerimientos, paquetes de vasos plásticos de 7 onzas, canela en astilla, aromática en caja, jarra para jugo.
• El CONTRATISTA dará buen uso a los elementos que la ESE pone en su servicio y se compromete a mantenerlos y entregarlos en el mismo estado en el que fue prestado para el servicio.
• Poner a disposición en las unidades que lo requieran los carros para el proceso de descomidado, los cuales deben estar diseñados de tal manera que permitan que el menaje y los residuos no se vean expuestos.
• Suministrar y mantener un stock de bolsas plásticas verdes de 55*65 cm con calibre de 1,8 mm que serán utilizadas para el proceso de descomidado, estas bolsas deben ser llevadas en el carro respectivo para el proceso de descomidado desde el servicio hasta el sitio de almacenamiento de residuos orgánicos de la Subred, quedando totalmente prohibido arrastrar y/o levantar dichas bolsas con residuos, con el propósito de evitar así la contaminación cruzada. El proveedor deberá adjuntar ficha técnica del producto.
• El contratista debe asumir el transporte de los alimentos cumpliendo con la normatividad legal vigente y temperatura adecuada desde el punto de partida hasta las Unidades de Prestación de Servicios de Salud que determine la Subred.
• Realizar reuniones mensuales con las nutricionistas y supervisor de las Unidades adscritas a la ESE, con el fin de generar mejoras en el proceso y dar cumplimiento a los estándares de acreditación.
• El contratista permitirá a la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., realizar visita a la planta de preparación con el fin del garantizar el cumplimiento de la normatividad.
• El contratista realizará la entrega de las dietas de forma personalizada, paciente a paciente en su respectiva unidad, acogiéndose a las prácticas seguras implementadas en la institución (Higienización de manos, Identificación, entre otras) y el cumplimiento a la normatividad relacionada con la dispensación de alimentos y estándares de acreditación.
• El contratista debe contar en la planta con contra muestras de todos los alimentos ofrecidos por 3 días hábiles y con el procedimiento de descarte de las mismas debidamente diligenciado. Esto con el fin de tener soporte de los alimentos utilizados en caso de eventos alimentarios adversos
• El suministro de dietas para cada paciente debe realizarse en recipientes herméticos no desechables, de fácil limpieza y desinfección, marcados con stickers de acuerdo con el tipo de dieta a suministrar y realizar la distribución por servicios de conformidad con el listado suministrado por la Nutricionista Dietista de cada unidad adscrita a la ESE.
• El contratista debe proveer los equipos que sean necesarios como neveras, carros termos y demás que se requieran para la ejecución del contrato.
• El contratista debe garantizar que las dietas posean la calidad sensorial y temperatura óptima para el consumo de acuerdo al tipo de alimento, anexando los soportes de procedimientos y controles que garanticen dicho aspecto.
• El contratista deberá cumplir con el Plan de Gestión de Residuos Hospitalarios de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., así mismo la empresa contratista media hora después de su distribución recogerá los residuos generados para su disposición final.
• El contratista se obliga a realizar de manera mensual muestreos para análisis microbiológicos (mesofilos, coliformes totales, coliformes fecales, hongos y levaduras) de las dietas suministradas, las cuales deben ser analizadas por laboratorio avalado por la Secretaria de Salud Del Distrito y los reportes de los mismos deberán ser entregados a la ESE dentro de los diez (10) primeros días hábiles del mes siguiente
• El contratista permitirá a la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., realizar monitoreo a todo el proceso de dispensación, almacenamiento, preparación, manipulación, transporte y distribución de alimentos de acuerdo a la normatividad, estándares de habilitación, acreditación y procesos y procedimientos establecidos en la institución y del mismo modo en la participación en la descripción y ejecución de las acciones de acuerdo a los hallazgos.
• El contratista debe garantizar que tanto las cantidades servidas en cada menú como el contenido nutricional se encuentren de acuerdo a lo ofertado y contratado
• El contratista se obliga a ofrecer información y dar soporte documental de los procesos y procedimientos establecidos en la empresa de alimentos.
• El contratista se obligara a responder por todos los daños que pudieren ocasionar los alimentos que no estuviesen preparados de acuerdo a las especificaciones establecidas por el manual de dietas terapéuticas, minuta patrón y recomendación de la nutricionista.
• El contratista se obliga asumir los valores de fletes, transporte, empaques, seguros del servicio que se despachen a la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E.
• El contratista se obliga a obtener y mantener vigentes los permisos requeridos por las normas correspondientes para el suministro de alimentos cumpliendo con la normatividad y lineamientos sanitarios impuestos por la institución nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos INVIMA, la Secretaria Distrital de Salud, Dirección de Salud Pública y todos los demás entes de control.
• El personal debe componerse como mínimo de dos (2) nutricionistas dietistas y doce (12) auxiliares de dispensación de dietas y/o los que sean necesarios para dar cumplimiento a la ejecución del contrato
• El contratista deberá poner a disposición de la Subred las hojas de vida con sus respectivos soportes, los certificados de vacunación, así como las copias de cursos y capacitaciones del personal asignado a la Subred, las cuales deben reposar en cada Unidad.
• El contratista se compromete a notificar al supervisor del contrato de cualquier cambio en el personal que presta el servicio, adjuntado los documentos soportes que acrediten su idoneidad. Igualmente el contratista debe acreditar la afiliación de su personal al sistema general de seguridad social, previo al inicio de labores en las instalaciones de la Subred.
• El contratista se obliga presentar la programación de los menús, (diseño de menús, análisis químico, balance nutricional, ciclos de menús y manual de dietas) teniendo en cuenta las características organolépticas como apariencia, sabor, forma y preparación.
• La entrega de los alimentos se realizara mediante remisión, la cual será suministrada por la empresa de alimentos y deberá ir firmada por las dos partes.
• El contratista se obliga a capacitar permanentemente al personal que interviene el suministro de la alimentación, documentando debidamente este proceso.
• El contratista deberá asumir los gastos de papelería para listado de dietas mensuales individuales.
• El contratista y sus trabajadores durante la ejecución del contrato deberán cumplir con las normas y manuales de bioseguridad, protocolos de seguridad e higiene industrial, planes de emergencia, plan institucional de Gestión Ambiental.
• En el evento de que se presenten accidentes de trabajo o enfermedades profesionales de los trabajadores que el contratista emplee para la ejecución del objeto contractual, el contratista se obliga para con la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., a realizar el reporte de dichas situaciones y enviar soporte de las novedades.
• El contratista se obliga a disponer de diferentes canales de comunicación para solicitud de las dietas tales como correo electrónico, teléfono móvil y teléfono fijo.
• Participar en las capacitaciones programadas por la institución y/o supervisor designado por la ESE
• Cumplir con todas las obligaciones que la Ley señale en materia laboral, entre otras, la de pagar los aportes al Sistema General de Seguridad Social de los trabajadores que emplee para la ejecución del objeto contractual, así como el pago de los aportes parafiscales lo anterior al tenor de lo establecido en el Artículo 50 de la ley 789 de 2002, para lo cual debe adjuntar las planillas de pago o certificación expedida por el Revisor Fiscal para efectos de pago.
• Presentar mensualmente durante la ejecución del contrato al supervisor copia con la planilla de turnos; los formatos de los controles establecidos por la revisión de área (informe mensual de su área de calidad con los reportes de los muestreos para análisis microbiológicos (mesofilos, coliformes totales, coliformes fecales, hongos y levaduras) de las dietas suministradas, las cuales deben ser analizadas por laboratorio avalado por la Secretaria de Salud Del Distrito y el plan de mejora con la respuesta a las acciones de mejora a que se hayan dado lugar en cualquiera de las sedes de la subred, autoliquidación de aportes a La EPS; fondo de pensiones y ARL, relacionadas con el personal contratado por EL CONTRATISTA para ejecutar el objeto presente contrato.
• Participar en la implementación y dar cumplimiento a los estándares establecidos por el Sistema Único de Acreditación que le sean aplicables al servicio.